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Preguntas de Guardilama Sol por los complejos deportivos cerrados

la verdad de lanzarote  |  15 de marzo de 2013 (13:24 h.)
Cualquier instalación que durante casi 6 años no se le haya realizado anualmente y de forma periódica la conservación y el mantenimiento que esta precisa, terminará viniéndose al suelo y esto es lo que le está ocurriendo al Palacio Municipal de Deporte de Arrecife y al Parque Deportivo Puerto del Arrecife, por lo tanto, como se puede estar responsabilizando de todo a la empresa constructora.

Cualquier instalación que durante casi 6 años no se le haya realizado anualmente y de forma periódica la conservación y el mantenimiento que esta precisa, terminará viniéndose al suelo y esto es lo que le está ocurriendo al Palacio Municipal de Deporte de Arrecife y al Parque Deportivo Puerto del Arrecife, por lo tanto, como se puede estar responsabilizando de todo a la empresa constructora.

Por cierto ¿Qué técnicos municipales le dieron el visto bueno a estas instalaciones deportivas si como dice la concejala de Deporte estas están en tan mal estado y no tienen las medidas de seguridad correspondiente para su apertura?, motivo por el cual se está realizando ahora una serie de obras.

Por cierto, ¿tienen proyectos y licencias las obras que se están realizando actualmente? ¿Quién  las pagará?.

Teniendo entendido de que pretende abrir las puertas ya, sin haberse realizado todas las obras que precisan estas instalaciones y sin haberse cubierto todas las medidas de emergencia y seguridad.

Tenemos a bien dirigirnos a usted para que compruebe los requisitos que le adjuntamos y compruebe en situ si estas instalaciones reúnen los condicionantes para abrir.

Por todo lo expuesto solicitamos:

1º Se nos comunique de forma oficial y por escrito si las obras que se están realizando actualmente en el  Parque Deportivo Municipal Puerto del Arrecife, cuenta con las licencias correspondientes y si están corre a cargo de “LUDE GESTIONES Y SERVICIOS S.L”

2º Se compruebe minuciosamente si las obras que se están realizando cumple con lo reglamentado, ya que nosotros podemos entender y demostrar que no.

3º Son muchas las obras y modificaciones que se deben realizar ante de volver abrir y no las tres chapuzas y muy mal echa con las que pretenden conceder la licencia.

MUY IMPORTANTE

Rogamos al responsable del departamento de registro del Ayuntamiento de Arrecife que realice entrega de forma personal y en mano  toda esta documentación a los técnicos aquí indicado.

1º-. D. Antonio Jesús Callero Morales, Técnico Municipal

2º-. D. Domingo M. Quintana López, Técnico Municipal

3º-. Doña Lidia Sánchez Suárez, Jefa Oficina Técnica Ayuntamientos

4º-. Doña Asenet Pérez Niz, Técnico Actividades

Ruego nos comuniquen por escrito, los distintos técnicos, a quienes dirigimos la documentación, si han recibido la misma.

Esperamos ser atendidos debidamente y contar con su más que necesaria colaboración.

Sin más se despide atentamente, enviándoles un cordial saludo.

 

Presidenta

Adelia Rodríguez Hernández

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dimensiones de las salidas de emergencia.  Cuando en un recinto, en una planta o en el edificio debe existir más de una salida, la distribución de los ocupantes entre ellas a efectos de cálculo debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable.

 

 

 

Escaleras de emergencia

Escaleras exigidas con medidas de máxima seguridad, escalera de emergencia con tramos rectos, sin escalones compensados, huella, contra huella y pendiente adecuada, barandas a ambos lados, ancho libre de paso mínimo de 1,50m, e iluminación de emergencia en todos los casos de acuerdo a la Ordenanza Nº 9387/95 o Ley Nacional Nº 19.587 modificatorias y reglamentarios, o las que las reemplacen en el futuro, tomándose para su evaluación el criterio más restrictivo.

 

Toda edificación o instalación publica, deberá contar con una o varias escaleras de emergencia, las escaleras de emergencia, dependiendo de su uso, grado de peligrosidad y de aspectos arquitectónicos debe facilitar de  forma ágil y segura el desalojó de las personas.

El diseño y construcción de toda escalera de emergencia, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Toda escalera de emergencia deberá ser ubicada de manera tal que permita a los usuarios en caso de emergencia, salir del edificio en forma rápida y segura; deberán desembocar  a la acera, al nivel de suelo o en vía pública amplia y segura hacia el exterior.

b) En la construcción de toda la estructura se usará material antideslizante  incombustible con un coeficiente de retardación al fuego de 1 hora.

c) Por cada seiscientos metros cuadrados (600 m2) cada piso deberá estar servido por una escalera de emergencia.

d) Tendrán una huella mínima de veintiocho centímetros y una contrahuella máxima de dieciocho centímetros.

e) Sus puertas de acceso abrirán en la dirección normal de salida de las personas y sus cerrojos serán de tal naturaleza que permitan abrirlas fácilmente desde adentro. Cada puerta debe contar con su respectivo cierre automático.

f) Las barandas de protección tendrán como mínimo 1 m de alto.

g) Las escaleras de emergencia podrán ser exteriores pero cada piso deberá tener acceso directo a ellas a través de una puerta de salida.

h) Los pisos de los descansos y las huellas y contrahuella de las escaleras de emergencia serán sólidos y de material antiderrapante. En las exteriores se permiten perforaciones de no más de doce milímetros (0,012 m) de diámetro para desagüe.

i) Ni las escaleras de emergencia, ni el acceso a sus puertas, podrán ser obstaculizados por máquinas, muebles, cajones ni ninguna clase de objetos.

j) El acceso a las escaleras de emergencia será indicado por letreros permanentes y señales  perfectamente visibles.

k) Las escaleras de emergencia y sus puertas de acceso, serán objeto de servicio constante de mantenimiento, para garantizar su operación en cualquier momento y para evitar su deterioro por el transcurso del tiempo.

Muy Importante

Irregularidades en las obras

¿La escalera de emergencia que se acaba de realizar en el Parque Deportivo Municipal Puerto de Arrecife cumple lo reglamentado?

¿Tiene todas las escaleras de emergencia que precisa el inmueble?

Nosotros consideramos que incumple lo reglamentado ya que las escaleras no tienen las medidas que precisa.

La escalera izquierda es incorrecta, ya que esta tiene que tener acceso directo a la acera ubicada en la vía publica y no al interior de la instalación.

Esta infraestructura por sus dimensiones, debe contar con un mínimo de 4 escaleras de emergencia, según lo reglamentado.

Puertas de Emergencia

 

Salida Exigida suficiente. (Ancho libre de paso resultante de la sumatoria de la superficie útil de planta baja y del entrepiso).

Las puertas de salida serán abatibles con eje de giro vertical y fácilmente operables.

Cuando existan puertas giratorias deberán disponerse puertas abatibles de apertura manual contiguas a ellas, excepto en el caso de que las giratorias sean automáticas y dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, incluso en el caso de fallo de suministro eléctrico, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 14 Kg. La anchura útil de las puertas abatibles de apertura manual y de las de giro automático después de su abatimiento deberá estar dimensionada para la evacuación total prevista.

Las puertas de apertura automática dispondrán de un sistema tal que, en caso de fallo del mecanismo de apertura o del suministro de energía, abra la puerta e impida que esta se cierre, o bien que, cuando sean abatibles, permita su apertura manual. En ausencia de dicho sistema deberán disponerse puertas abatibles de apertura manual que cumplan las condiciones indicadas en el párrafo anterior.

Las puertas previstas para la evacuación de más de 100 personas abrirán en el sentido de la evacuación.

Toda puerta de un recinto que no sea de ocupación nula situada en la meseta de una escalera, se dispondrá de forma tal que al abrirse no invada la superficie necesaria de meseta para la evacuación.

Cuando esté situada en la pared de un pasillo, se dispondrá de forma tal que, en la zona de pasillo barrida por la puerta, no se disminuya la anchura del mismo más de 15 cm.

Las salidas a espacio exterior seguro y el nº y dimensiones de las puertas de salida serán las preceptivas según la Reglamentación de Incendios y de Espectáculos. Es importante reseñar que para aforo de público superior a 700 personas es necesario disponer de salidas a dos vías públicas y el ancho total de puertas de salida debe ser de 1,80m/250 personas o fracción, con un mínimo de 1,20 m para aforo inferior a 50 personas. Las puertas abrirán en el sentido de la salida y tendrán transparente su parte superior.

Al exterior de las puertas de entradas se dispondrá rejilla limpiabarros enrasada con el pavimento y al interior felpudo también enrasado con el pavimento.

Las salidas de emergencia y las direcciones de los recorridos de evacuación dispondrán de las señales indicativas según la normativa vigente.


En el caso de grandes instalaciones deportivas, se debe disponer de la entrada principal y como mínimo 3 salidas de emergencia.