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Los "errores de bulto" del Alcalde de Tías podrían llevar a anular el Pleno del pasado viernes, según advierte NC

laverdaddelanzarote.opennemas.com  |  21 de junio de 2015 (19:00 h.)
Mame

Según advierte el concejal de NC, Andrés Manuel Fernández, el primer pleno celebrado por el ayuntamiento de Tías tras la constitución del nuevo grupo de gobierno, "puede quedar nulo por errores de bulto del Alcalde". Añadiendo que "antes de las elecciones teníamos una población inferior a 20.000 habitantes, y el día de la celebración de este pleno ya pasábamos la cifra de 20.000 habitantes, lo cual y según la Ley cambian mucho las cosas".

El primer punto de la sesión extraordinaria celebrada a las 09,00 horas del pasado viernes, trataba sobre "la periodicidad de las Sesiones del Pleno Municipal". Fue aquí cuando Nueva Canarias explicó que "es insuficiente la periodicidad bimensual de las Sesiones de los Plenos", argumentando que DEBEN SER MENSUALES, ya que la Ley de Bases del Régimen Local en su artículo 46.2 viene a decir que es con carácter de mínimos a una población entre 5.001 y 20.000 habitantes. Lo que no impide que convoque plenos mensuales".

Tal y como expuso Fernández, "antes de las elecciones y según informe del INE, contábamos con 19.659 habitantes, lo cual daría la razón al grupo de gobierno... Pero se da la circunstancia de que a día de hoy viernes 19 de junio de 2.015 contamos con 20.277 habitantes. Y la Ley obliga a sesiones mensuales". Pese a ello, PP y su socio de CC votaron a favor.

- El Grupo de gobierno ha aprobado algo que puede ser invalidado

Esta decisión de PP-CC ha provocado que NC denuncie que "ésto demuestra que el Alcalde no manejaba esta información antes del Pleno y tampoco solicitó informe. Por lo que su gobierno ha aprobado algo que puede dar lugar a la invalidez del acto administrativo".

En el punto 5 volvieron a surgir discrepancias: Nueva Canarias comenta que "el Secretario emite un informe desfavorable comunicando que el Alcalde no tiene potestad de crear y delegar, sino de proponer las áreas de gobierno. Sólo cuando se aprueben en pleno, el Alcalde debe dictar los decretos". Advirtiendo su concejal que "lo cual viene a demostrar una vez más que el Alcalde no manejaba esta información, lo que puede dar lugar a la invalidez del acto administrativo".

- Contradicciones del alcalde

El punto 9 trataba sobre determinación de puestos de personal eventual. Y aquí si aparece un informe técnico que señala que "le corresponden a este ayuntamiento 2 empleos de personal eventual por tener más de 20.000 habitantes". Fue entonces cuando Fernández ironizó: ¡Sorpresa! Este informe sí dice que el municipio tiene 20.000 habitantes... Pero en los puntos 1 y 6 el Alcalde desconocía que nuestro municipio tiene a día de hoy 20.000 habitantes".