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ASVEVA denuncia que las instalaciones deportivas incumplen la Ley de Barreras Arquitectónicas

la verdad de lanzarote  |  16 de marzo de 2013 (19:20 h.)
La Asociación Vecinal de Valterra (ASVEVA) ha remitido un Escrito a la Alcaldía de Arrecife, en el que denuncia que "NINGUNA de las rampas realizadas en el Parque Deportivo Municipal Puerto de Arrecife, por sus increibles y desorbitadas dimensiones, son válidas para cualquier persona minusválida"; indicando con ello que se está incumpliendo la Ley de Supresión de Barreras Arquitectónicas.

Consideramos que la gestión que en estos momentos, esta realizando en las instalaciones deportivas de la capital Lude Gestiones y Servicio  no es seria. "Se burlan del pueblo; los ciudadanos somos un cero a la izquierda: Lude no  cumple  con las obligaciones que debe tener como empresa.

El Ayuntamiento de Arrecife sigue inmerso estos días en la tramitación de las licencias de apertura y funcionamiento del Parque Deportivo Municipal Puerto del Arrecife. Consideramos que estas instalaciones realmente no cuentan con todas las medidas de seguridad necesarias. De hecho, el Parque Deportivo Municipal Puerto del Arrecife, está en este momento cerrado y en obras según los responsables del Ayuntamiento. Unas obras que dejan mucho que desear por lo mal realizadas que están

Los técnicos deben comprobar con lupas si reúne los condicionantes reglamentados antes de conceder el visto bueno a la apertura.

 

 

Rampa

Será accesible para personas con movilidad reducida tanto en los recorridos horizontales como en los verticales, debiendo existir, al menos, un itinerario accesible a todos los espacios de uso público, suprimiendo escalones y disponiendo rampas de pendiente recomendada de 6% y máxima 8% ó ascensores para salvar diferencias de cota.

Todo desnivel existente en el interior o exterior del establecimiento 0,20 cm. o más, debe ser salvado con rampas, las que tendrán una pendiente máxima del doce por ciento (12%) y estar técnicamente iluminadas No se permite ninguna rampa de mayor desnivel del mencionado.

Se consideran rampas las trazadas con pendiente superior al 6% medida en el sentido longitudinal del

desplazamiento. Se proyectarán y ejecutarán según los siguientes parámetros:

Pendiente longitudinal máxima en la dirección del desplazamiento.

Nivel 1: Tramos inferiores a 3 m: 10%.

Tramos entre 3 y 8 m: 8%.

Tramos entre 8 y 15 m: 6%.

Nivel 2: Tramos inferiores a 3 m: 12%.

Tramos entre 3 y 8 m: 10%.

Tramos entre 8 y 15 m: 8%.

No podrán proyectarse ni ejecutarse en ningún supuesto tramos de longitud superior a 15 m.sin intercalar rellanos.

Se colocarán bordillos resaltados a todo lo largo de los laterales de las rampas, estén o no exentos de paramentos verticales. Las dimensiones mínimas del bordillo serán de 10 x 10 cm.

(Alto x ancho) medidas desde la rasante de la rampa y desde el límite horizontal del paso libre normalizado.

Será accesible para personas con movilidad reducida tanto en los recorridos horizontales como en los verticales, debiendo existir, al menos, un itinerario accesible a todos los espacios de uso público, suprimiendo escalones y disponiendo rampas de pendiente recomendada de 6% y máxima 8% ó ascensores para salvar diferencias de cota.

Las rampas tendrán una pendiente del 12%, como máximo excepto las previstas para usuarios en sillas de ruedas, cuya pendiente será, como máximo, del 10% cuando su longitud sea menor que 3 m, del 8% cuando la longitud sea menor que 6m y del 6% en el resto de los casos

Dichas rampas dispondrán de pasamanos dobles a ambos lados. El pasamanos 1, para personas con movilidad reducida, estará a una altura comprendida entre 90 y 110 cm. El pasamanos 2, para usuarios en sillas de ruedas, la altura de estos estará comprendido entre 65 y 75 cm.

Estará resuelta la accesibilidad de personas con movilidad reducida desde el exterior, en el acceso y en los recorridos horizontales o verticales a vestuarios, aseos, pista polideportiva, salas complementarias, salas especializadas y espacios para espectadores, sin barreras arquitectónicas y con la disposición de las instalaciones y ayudas técnicas necesarias para obtener un nivel adaptado de accesibilidad, conforme con la legislación vigente de obligado cumplimiento que le sea de aplicación.

Muy Importante 1

Ningunas de las rampas realizada en el Parque Deportivo Municipal Puerto de Arrecife, por sus increíbles y desorbitadas dimensiones, son validas para que cualquier personas minusválidas que por si sola intenten hacer uso de las mismas.

 

Ascensores

Se proyectará y ejecutará al menos un ascensor en cada núcleo de comunicaciones verticales, desde la rasante de planta baja y que sea accesible según el criterio expuesto en el punto A.7 de este artículo, en todos los recorridos intensivos (Nivel 1) y en los recorridos medios (Nivel 2) que se desarrollen en edificios cuyo número de plantas exceda de planta baja más de tres alturas, según los siguientes parámetros:

Cabinas. Dimensiones interiores libres.

Nivel 1: Frente: 110 cm.

Fondo: 140 cm.

Se observará el cumplimiento de las Normas obligatorias relativas a la Edificación y a las Instalaciones y sus correspondientes Reglamentos.

Muy Importante 2

El ascensor existente en el Parque Deportivo Municipal Puerto de Arrecife no reune las medidas reglamentarias para ser accesible para las personas minusválidas

Vestíbulo/Control, Recepción:

 El vestíbulo dispondrá de una zona para estancia y espera y un espacio para tablón de anuncios e información.

En las Salas y Pabellones con espacios para espectadores se dispondrá de una superficie de vestíbulos para espectadores de 1 m2/6 espectadores.

Dispondrá de instalación para teléfono público.

Será accesible para personas con movilidad reducida desde el exterior, no tendrá escalón de entrada ó se sustituirá por rampa, existirá un espacio de 1,50 m al exterior y al interior de la puerta de entrada, libre de obstáculos, horizontal ó con pendiente máxima de 2%.

Los timbres, interruptores, teléfonos, etc. serán de fácil acceso y situados a una altura entre 0,80 m y 1,20 m.

El mostrador de recepción permitirá la aproximación del usuario en silla de ruedas, tendrá 0,85 m de altura dejando un hueco bajo él de 0,78 m de altura libre, 0,60 m de fondo, ancho mínimo de 1 m. Este requisito no se contempla Parque Deportivo Municipal Puerto de Arrecife.

Se dispondrán las instalaciones y ayudas técnicas necesarias para obtener un nivel adaptado de
accesibilidad, conforme con la legislación vigente de obligado cumplimiento que le sea de aplicación.

El equipamiento deportivo debe ser estable y seguro de forma que no produzca riesgos de accidentes en los deportistas y usuarios, para lo cual deberá cumplir los requisitos de las Normas europeas en esta materia, las cuales se relacionan a continuación:

Los equipamientos que requieran anclajes para garantizar su estabilidad al vuelco, en ningún caso se dejarán libres del anclaje.

Los equipamientos tales como porterías de fútbol, fútbol-sala, balonmano, hockey, canastas de baloncesto, etc. que no garanticen su estabilidad al vuelco deben anclarse al suelo de forma permanente.

Los contrapesos o sistemas antivuelco de los equipamientos deportivos móviles que por su acción hagan que el equipamiento deportivo cumpla los requisitos de estabilidad, han de ser fijos y solidarios con el equipamiento deportivo o estarán montados de forma que en ningún caso, puedan retirarse por acciones del usuario.

Cada vestuario dispondrá de una zona de aseos con cabinas de inodoros y lavabos, se dotarán los vestuarios colectivos o de equipo con un mínimo de dos cabinas por vestuario, de anchura mínima de 1 m, una de ellas adaptada para minusválidos y 3 lavabos. Los vestuarios masculinos se dotarán como mínimo con tres urinarios. Los vestuarios de árbitros, profesores tendrán como mínimo una cabina y un lavabo. Los pestillos de cierre de las puertas de las cabinas dispondrán de sistema de desbloqueo desde el exterior.

Sobre los lavabos se dispondrán espejos inastillables en pared.. Podrán colocarse dosificadores de jabón y toalleros para papel ó secamanos.

Los inodoros dispondrán de fluxores, para lo cual se dotará de la instalación de presión necesaria si esta no fuera suficiente. Los grifos de lavabos y los urinarios dispondrán de pulsadores temporizados. Se dispondrán portarrollos cerrados con llave.

Los lavabos no tendrán pie, se colocarán sobre encimeras resistentes al agua, suspendidos de la pared mediante escuadras o elementos similares. Sobre los lavabos se dispondrán espejos inastillables.


Los vestuarios y aseos estarán adaptados para el uso por personas con movilidad reducida, para lo cual cumplirán la legislación que les sea de aplicación, no obstante se incluirá como mínimo lo siguiente: En la zona de cambio de ropa se dispondrá barra de apoyo sobre bancos a una altura de 0,75 m separada 5 cm. de la pared y el espacio libre de aproximación al banco será de 1,20 m por 0,80 m, la altura de las perchas será de 1,40 m. Este requisito no se contempla Parque Deportivo Municipal Puerto de Arrecife.

 Las cabinas de inodoro dispondrán de lavabo en su interior y en ellas se podrá inscribir un circulo de 1,50 m libre obstáculos en toda su altura, el inodoro tendrá al menos en un lado un espacio libre de 0,80 m para la transferencia lateral desde la silla de ruedas, instalando barras auxiliares de apoyo, de sección circular de 5 cm. de diámetro, a 0,75 m de altura y separación entre ejes de 0,70 m siendo abatible verticalmente la del lado de la transferencia, el asiento estará a una altura de 0,45 m, el mecanismo de descarga tendrá un pulsador de dimensión mínima 5 cm. x 5 cm., las puertas abrirán hacia el exterior, tendrán mecanismos de retorno y permitirán un hueco libre de paso de 0,80 m con un espacio libre de aproximación de 1,20 m, las manillas estarán entre 0,85 m y 1,05 m de altura complementadas por un tirador horizontal de 0,30 m de longitud, los pestillos dispondrán de sistema de desbloqueo desde el exterior. Los lavabos serán sin pedestal, situados a altura de 0,80 m en su parte superior y dejando un hueco bajo él libre de obstáculos de 0,68 m con un fondo mínimo de 0,25 m, la grifería será monomando, palanca ó célula fotoeléctrica. Las duchas accesibles dispondrán de un espacio de utilización de 0,90 m x 1,20 m y si es ducha individual será de 1,50 m x 1,50 m, estarán dotadas de asiento abatible de 0,45 m de ancho por 0,40 m de fondo a 0,45 m de altura y separados 0,15 m de la pared donde se sujeta, se instalará una barra de apoyo vertical y otra horizontal a 0,75 m de altura, la grifería estará situada en el paramento perpendicular al del asiento abatible y a una
altura entre 0,70 m y 1,20 m. Este requisito no se contempla Parque Deportivo Municipal Puerto de Arrecife.

Señalización:

Se dispondrán señalizaciones claras (carteles ó pictogramas) de todos los espacios de deportistas y de público, así como de los caminos a esos espacios, en posiciones fácilmente visibles.
En el vestíbulo se dispondrá un panel informativo de los espacios de la instalación deportiva con un plano esquemático.
Se puede utilizar un criterio de colores para diferenciar fácilmente los distintos espacios.

Las salidas de emergencia y las direcciones de los recorridos de evacuación dispondrán de las señales indicativas según la normativa vigente.
Para personas ciegas los itinerarios se marcarán con diferente textura en el pavimento y para personas con visión reducida mediante colores vivos que contrasten. Habrá una señalización específica para invidentes mediante inscripciones en Braille ó con texturas diferentes. Los inicios y finales de escaleras se diferenciarán mediante una franja de pavimento de color y textura diferente y contrastada con el pavimento circundante.

Por todo lo expuesto solicitamos:

1º-. Cuando solicito Lude Gestiones y Servicio la licencia de actividad, que nada tiene que ver con la de apertura.

2º-. "La ley matiza que para obtener  licencia de funcionamiento hay que pasar una serie de requisitos: arquitectónicos, de seguridad y de riesgos laborales", no gustaría que se nos comunicara por escrito si pasaron dichos requisitos o si lo pasara.

3º-. Nos gustaría que se nos informara por escrito si las obras que se están realizando en estos momentos en el Parque deportivo Municipal Puerto de Arrecife si cuenta con el correspondiente proyecto y la mas que necesaria licencia de obra.

Agradeciéndole sea tomada en cuenta nuestra denuncia, espero se lleve a cabo las pertinentes averiguaciones y se actúe en consecuencia.

MUY IMPORTANTE

Rogamos al responsable del departamento de registro del Ayuntamiento de Arrecife que realice entrega de forma personal y en mano  toda esta documentación a los técnicos aquí indicado.

 

1º-. D. Antonio Jesús Callero Morales, Técnico Municipal

2º-. D. Domingo M. Quintana López, Técnico Municipal

3º-. Doña Lidia Sánchez Suárez, Jefa Oficina Técnica Ayuntamientos

4º-. Doña Asenet Pérez Niz, Técnico Actividades

 

Rogamos nos comuniquen por escrito, los distintos técnicos, a quienes dirigimos la documentación, si han recibido la misma.

¡Ya es hora de que se pongan a trabajar!".