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ADMITE "EN PARTE" EL RECURSO DEL AYUNTAMIENTO DE TINAJO

La sentencia salva del derribo a una docena de viviendas

Radio Altahay  |  11 de octubre de 2011 (20:44 h.)
La Audiencia Nacional ha anulado parcialmente el deslinde del Dominio Público Marítimo-Terrestre, efectuado por la Dirección de Costas en el núcleo urbano de Tenézera, señalando como causa de dicha sentencia la "falta de justificación" del mismo. El fallo, que admite "en parte" el recurso que en su día presentó el Ayuntamiento de Tinajo, salva de la demolición a una docena de las viviendas afectadas por las mediciones de Costas.

La Audiencia Nacional ha anulado parcialmente el deslinde del Dominio Público Marítimo-Terrestre, efectuado por la Dirección de Costas en el nucleo urbano de Tenézera, señalando como causa de dicha sentencia la "falta de justificación" del mismo. El fallo, que admite "en parte" el recurso que en su día presentó el Ayuntamiento de Tinajo, salva de la demolición a una docena de las viviendas afectadas por las mediciones de Costas.

El deslinde del Dominio Público Marítimo-Terrestre entró en vigor por medio de una orden del Ministerio de Medio Ambiente, con fecha 31 de diciembre de 2008, afectando a unos 320 metros de la costa de Tenézera. Al respecto, el Ayuntamiento de Tinajo presentó un recurso contencioso, que ha sido estimado parcialmente por la propia Audiencia Nacional. Sin embargo,una hilera de casas ubicadas junto a la cancha de petancas del pueblo, según el fallo judicial "se han levantado sobre terrenos naturalmente inundables".

El alto tribunal hace clara diferencia entre 3 tramos de la zona deslindada: la zona de acantilado en la parte occidental del nucleo urbano (que es anulada), la parte central (que algunos puntos es anulada, pero en otros se mantiene en el deslinde), y un acantilado al este (que continúa amenazado por el deslinde). Téngase en cuenta que el deslinde de 2008 incluía dentro del Dominio Público a 21 viviendas, pero en la resolución judicial se libran de este trámite las casas que se hallan en el tramo oeste.

La Audiencia Nacional advierte también que la anulación no está exenta de que "la Administración pueda realizar un nuevo deslinde".