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Los tribunales confirman la demolición de parte de la vivienda del ex-fiscal de Arrecife, Miguel Pallarés

laverdaddelanzarote.opennemas.com  |  07 de noviembre de 2015 (15:48 h.)
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El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 4 de Las Palmas ha rechazado el recurso presentado por el ex-Fiscal de Arrecife, Miguel Pallarés, contra la orden de "derribo parcial de su vivienda" en la capitalina zona de La Bufona. Lo cual confirma el dictamen de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

La Bufona

El 25 de febrero de 2013, la APMUN resolvió que 14 de las viviendas de la Urbanización La Bufona, se habían construido en "SUELO RÚSTICO POR VALOR NATURAL POR PASO DE JABLE". Entre las cuales se contaba la del Fiscal de Arrecife, Miguel Pallarés, a quién ordenaban: "demolición de muros, piscina de 22 metros, una edificación adosada de 40 metros, la ampliación de la vivienda en unos 17 metros, así como la pavimentación de unos 140 metros cuadrados del patio trasero que invade suelo rústico de protección y de valor natural ecológico, en un fondo de 18 metros de ancho por el largo de la parcela".

El Fiscal recurrió en los tribunales esa orden, con el argumento de que era "un tercero de buena fe"; añadiendo  que el expediente y la acción de restablecimiento habían caducado, y que existía una falta de proporcionalidad en la orden de demolición. Sin embargo, la sentencia judicial señala que el argumento de tercero de buena fe, "carece de trascendencia a los efectos de impedir la ejecución de una sentencia que impone la demolición del inmueble de su propiedad por no ajustarse a la legalidad urbanística".

En cuanto a la afirmación de la defensa de Pallarés relativa a que el terreno "es suelo máximo delimitado para núcleos de población" según el PIO; el Juzgado replica que no hay "contradicción" entre el Plan Insular y el Plan General, porque "es el planeamiento municipal el que establece la clase de suelo". Añadiendo que "es la propia normativa del PIO la que remite a la clasificación del suelo efectuada por el planeamiento municipal".

Finalizando que el derribo es una "medida restauradora de los valores infringidos por la conducta ilícitamente realizada, especialmente cuando están en juego suelos especialmente protegidos por sus valores ecológicos y medioambientales".