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FUERON DESPEDIDOS "SIN INDEMNIZACIóN" Y SUS PUESTOS OCUPADOS POR PERSONAL DE LA PENíNSULA IBéRICA

AENA condenada a pagar 1.370.000 euros a 19 trabajadores canarios despedidos de forma improcedente

laverdaddelanzarote.com  |  03 de abril de 2013 (22:47 h.)

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado a la empresa Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA)  a indemnizar a 19 Trabajadoras del Servicio de Oficina Turística en el Aeropuerto de Gando, con una cantidad superior a 1.370.000 euros, por un despido masivo "improcedente". Todos ellos habían sido despedidos el 29 de diciembre de 2011, "sin indemnización alguna", siendo ocupados sus puestos "con personal procedente de la Península Ibérica". 


El pasado día 10/9/2012 se dictó sentencia (396/2012) por el juzgado de lo social Nº7 de las Palmas de Gran Canaria en la que se desestimaba la demanda presentada por 19 trabajadores de AENA en reclamación de despido. Todos ellos desempeñaban la función de TAPUC (Técnicos en asistencia a pasajeros, usuarios y clientes) en el Aeropuerto de Gran Canaria.
 
A finales de diciembre del 2011 el departamento de recursos humanos informaba a los trabajadores afectados que desde el día 29 de dicho mes dejaban de pertenecer a la plantilla. Se les despide sin indemnización alguna, argumentando que se trata de trabajadores con carácter indefinido no fijo (condición reconocida finalmente por el TSJ de Canarias el 13/12/07, tras años de demandas) y que se procedía a consolidar sus puestos, con personal procedente de Península.
 
Lo que la empresa pareció omitir es que desde Junio del mismo año Aena Aeropuertos S.A. (ente privado sometido al ordenamiento laboral ordinario) se subrogó en los contratos de trabajo de dichos empleados, por lo que su condición pasó a ser la de indefinidos sin más. No cabía ya su sustitución por trabajadores pertenecientes a una bolsa constituida en AENA (entidad pública empresarial).
 
Ahora con fecha 19/3/2013, el tribunal superior de Justicia de Canarias ha tenido a bien estimar el recurso de suplicación (1667/2012) presentado por los 19 trabajadores contra la sentencia dictada en primera estancia, declarando improcedentes los despidos y condenando a Aena Aeropuertos S.A. a optar entre su readmisión o indemnizarles con una cantidad total cercana a los 730.000€, además de abonar en cualquier caso los salarios devengados desde la fecha del despido (otros 640.000€ aprox.).
 

- No hay recurso

Finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado a la entidad pública AENA  y a la sociedad mercantil AENA Aeropuertos SA a "readmitir o indemnizar" a las 19 trabajadoras; téngase en cuenta que AENA podría acudir al Tribunal Supremo, "aportando dos sentencias que avalaran sus tesis". Pero como no las había, ha decidido no recurrir y aceptar la condena.

Según el letrado de los trabajadores, Joaquín Sagaseta, la empresa había "sustituido a los trabajadores por otros fijos pertenecientes a una bolsa de trabajo constituida en AENA". Dicha circunstancia era ILEGAL según el Estatuto de los Trabajadores.