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Piden a la APMUN que investigue si hay contaminación en la parcela de la antigua Gasolinera de Tías

laverdaddelanzarote.opennemas.com  |  03 de noviembre de 2014 (11:13 h.)
Denuncia APMUN4

La formación VECINOS UNIDOS CANARIOS  ha solicitado a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) que "informe si los viejos Depósitos de Combustible" de la antigua Gasolinera de Tías "fueron DESCONTAMINADOS y SELLADOS", ya que sobre esa misma parcela se ha construido una Cafetería-Pastelería.

El pasado 1 de octubre, el citado Partido Vecinal presentó un Formulario de Denuncia ante la APMUN (GE-024302/2014), informando que "en el periodo comprendido entre 1968 a 2001, estuvo en funcionamiento una Gasolinera en el casco urbano del pueblo de Tías (calle Libertad, 29), con 2 surtidores: uno para Diesel y otro para Gasolina Súper-Normal. En la misma parcela se levantaba un Taller de vehículos de alquiler, del mismo propietario". Añadiendo que "pegado al mismo, en la década de los 70" se construyó una Panificadora.

Continuó reseñando la formación política que "en 2013, la Panificadora alquiló el recinto abandonado, ampliando la panadería en la mitad del viejo taller; y construyendo una cafetería con terraza en el resto del inmueble. En julio de 2014 ha ampliado la terraza sobre el suelo de la antigua gasolinera, tapando una de las 'bocas de hombre' (había 2 sobre los viejos depósitos de combustible)". Motivo por el cual solicitaban información sobre "si los viejos Depósitos de Combustible fueron DESCONTAMINADOS Y SELLADOS".

- Más de 1 año sin Licencia

El pasado 21 de octubre, VECINOS UNIDOS y la Confederación Vecinal COVEINCA presentaron otro Escrito en la APMUN (GE-025856/2014), añadiendo que "ambas actividades (Pastelería y Cafetería-Terraza) carecen de Licencia de Apertura; y llevan abiertas MÁS DE UN AÑO. De hecho, fue el pasado 15 de octubre, cuando el Ayuntamiento publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), la 'Solicitud de Licencia' para Pastelería-Bar".

Ambas formaciones solicitaron a la Agencia que "se verifique que la parcela en la que se ha ejercido una actividad contaminante es apta para las actividades que se desempeñan en la actualidad, bien porque ha sido descontaminada, o porque ha pasado las inspecciones pertinentes que garanticen la salubridad (RD 9/2005 y Ley 22/2011)".