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¿Hacia una Gerencia de Urbanismo en Arrecife?

Editorial | 21 de junio de 2017

La Oficina Técnica del Ayuntamiento de Arrecife, en teoría, es la encargada de solucionar los temas relacionados con el desarrollo urbanístico de la población, así como de llevar el control  de las edificaciones y la disciplina urbanística. Entre las principales funciones está todo lo relacionado con: licencias de obras y actividades, expedientes sancionadores, informes técnicos, redacción de memorias y proyectos, dirección de obras municipales e información urbanística.

Sin embargo, en las últimas décadas nuestro municipio ha experimentado un exagerado crecimiento, de tal manera que la Oficina Técnica NO HA PODIDO CUMPLIR CON SU COMETIDO (falta de personal, colapso de los expedientes, inejecución de las sanciones, intervención de la Fiscalía en algunos procedimientos, preponderancia de los "arquitectos asesores"); provocando los perjuicios de todos conocidos.

Motivo por el cual, en muchos sectores se pide a gritos la creación de una Gerencia de Urbanismo:

FUNDAMENTOS

-Arrecife echa en falta desde hace muchos años, un equipo técnico y jurídico que conozca y sienta la realidad de Arrecife agrupado en torno a una GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO, u organismo similar. Máxime cuando estamos en vísperas de aprobar “inicialmente” un Plan General muy complejo y necesitado de un riguroso seguimiento jurídico-urbanístico.

-Ayuntamientos como los de Santa Cruz de Tenerife, Icod de los Vinos y La Laguna, en Canarias, cuentan con Gerencias Municipales de Urbanismo que tratan de afrontar los desafíos de las ciudades contemporáneas; proponiendo soluciones e ideas imaginativas y de hondo calado.

-En el caso de Arrecife, a la futura Gerencia Municipal de Urbanismo u organismo similar, deberían pertenecer necesariamente UN ARQUITECTO Y UN JURISTA EXPERTOS EN URBANISMO con plaza de funcionario en el Ayuntamiento de Arrecife (evitando los habituales "arquitectos asesores políticos"); así como el funcionario municipal que mejor conozca las propiedades del Ayuntamiento.

-La primera misión de esta Gerencia de Urbanismo sería hacer un análisis de la situación actual, y de las necesidades actuales y futuras de la ciudad. Es imprescindible realizar un inventario exhaustivo de clarificación de la propiedad de los distintos suelos del municipio.

-La Gerencia de Urbanismo podría ser un Organismo Autónomo dependiente del Ayuntamiento, y su misión sería atender las necesidades de los ciudadanos, facilitar sus gestiones y colaborar con total transparencia en la resolución de los problemas que se planteen en el ámbito del urbanismo municipal.

-En definitiva, se trata de dar un salto cualitativo en la gestión territorial y urbanística de Arrecife, de manera que la actual Oficina Técnica se integre en la Gerencia, mejore su profesionalidad y capacidad, y pase a tener nuevos cometidos.

El ejemplo de La Laguna en el Planeamiento Municipal:

De los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo de una ciudad próxima, la Laguna, extraemos, a modo de ejemplo las potestades administrativas: potestad reglamentaria para la aprobación de ordenanzas urbanísticas en el ámbito y para el ejercicio de las funciones y competencias que tiene atribuidas; potestad de auto organización, sin perjuicio de la que corresponde al Pleno de la corporación municipal de conformidad con estos Estatutos y con el ordenamiento jurídico; potestad expropiatoria cuando ésta se ejercite por razones de urbanismo; potestad de investigación, deslinde y recuperación de oficio de los bienes propios o adscritos, así como los que constituyen o integran el patrimonio público de suelo y aquellos cuya administración se le encomiende, comprendiendo también esta facultad la de defensa y protección jurídica de todos ellos; potestad de programación o planificación de las actividades propias; presunción de legitimidad y ejecutividad de sus actos; potestad de ejecución forzosa y sancionadora; potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos; la inembargabilidad de sus bienes y derechos en los mismos términos previstos para las Corporaciones Locales en las leyes; las prelaciones, preferencias y demás prerrogativas reconocidas a la Hacienda pública para los créditos de la misma.

 En cuanto a las potestades administrativas en materia urbanística, en particular:

a) formulación y aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del Plan General de Ordenación;

b) dirección y, en su caso, ejecución del planeamiento;

c) la intervención para el cumplimiento del régimen urbanístico de la propiedad del suelo;

d) la intervención en el mercado del suelo a través de los mecanismos previstos en el Texto Refundido de Las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo;

e) control de la edificación y del uso del suelo;

f) protección de la legalidad y sanción de las infracciones;

g) cualesquiera otras que sean necesarias para la efectividad de los fines de la ordenación urbanística, conforme lo establecido por la legislación aplicable.

Y un sinfín de competencias, que el ordenamiento jurídico vigente atribuye a las Corporaciones Locales en esta materia.

Lo cual ratifica claramente las ventajas que supondría la creación de una Gerencia de Urbanismo en Arrecife, que acabaría con el "oscurantismo" y las "sospechas" que desde hace tiempo vienen envolviendo la labor "parcial" de la Oficina Técnica de Arrecife. Con un arquitecto y un jurista (experto en Derecho Administrativo y Urbanismo), ambos funcionarios del Ayuntamiento; y que "no estén a sueldo" de ningún grupo político en concreto.

Y por supuesto, que este organismo comience a trabajar con GESPLAN en todo lo relacionado con el mediatizado y vilipendiado Plan General de Arrecife.

 

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