El SIVE español y sus obligaciones de rescate fuera de la Zona contigua de Canarias

Aguas canarias

Haciendo la historia corta, la Ley del Mar se acordó en Montego Bay el 10 de diciembre de 1982, y el 4 de diciembre de 1984, el plenipotenciario de España firmó en Nueva York la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.  

En dicha Ley del Mar se recoge que las naciones continentales=ribereñas como así también los Estados Archipelágicos poseen derecho de ZEE = Zona Económica Exclusiva de 200 millas náuticas y a Plataforma continental extra de 150 millas náuticas, pero para la obtención de Plataforma continental extra NU exige que después de la línea de final de la frontera de la ZEE la isóbata no debe superar 2.500m de profundidad en un tramo de 100 millas náuticas.  

Dentro de lo que se denomina ZEE, entran las aguas territoriales de 12 millas náuticas, la Zona contigua de 24 millas náuticas, y el resto de 176 millas náuticas que en total completan la ZEE de 200 millas náuticas. 

La Zona contigua es un área marítima de 24 millas náuticas, reconocida por el derecho internacional, inmediatamente subsiguiente al mar territorial y con una extensión de 12 millas náuticas de aguas territoriales más 12 millas náuticas extras. La Zona contigua se aplica tanto al continente como a las islas y cayos. En la Zona contigua, principalmente se ejercen tareas de fiscalización para prevenir infracciones a las normas aduaneras, fiscales, de “inmigración” o sanitarias: asimismo las naciones continentales=ribereñas como también los Estados Archipelágicos pueden sancionar en este espacio aquellas infracciones sobre dichas materias cometidas dentro de las 24 millas náuticas de Zona contigua.  

En aclaración de los derechos que poseen los archipiélagos, o isla, o islas distantes que se hallen  fuera de las aguas de ZEE que pertenezcan a una nación continental=ribereña,  poniendo como ejemplo el caso de Canarias y España; la Ley del Mar  expone en su artículo 46,  PARTE IV ESTADOS ARCHIPELÁGICOS, que, para los efectos de esta Convención: a) Por “Estado archipelágico” se entiende un Estado constituido totalmente por uno o varios archipiélagos y que podrá incluir otras islas; b) Por “archipiélago” se entiende un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido considerados como tal.  

De lo que sigue en este artículo de la Ley del Mar, se entiende que solo las naciones continentales=ribereñas y Estados Archipelágicos tienen derecho a ZEE de 200 millas náuticas y a Plataforma continental extra, siempre y cuando su isóbata después de 100 millas náuticas, a partir de su frontera de ZEE, no supere 2.500m de profundidad, y no haya impedimento para compartir entre una nación y otra que sea vecina. Pero para las islas y archipiélagos que pertenezcan a una nación continental= ribereña que se encuentren fuera de las aguas ZEE de uno u otro Estado=nación continental=ribereña, no se les otorga derecho a aguas de ZEE ni tampoco de Zona contigua. Para que un Estado, o nación continental= ribereña pueda obtener derecho de Zona contigua para su archipiélago o isla distante de sus aguas de ZEE, debe antes plantar un litigio en Naciones Unidas, tal como lo hizo Francia respecto a su archipiélago de Saint Pierre et Miquelón, donde en 1992 Francia para dicho archipiélago ganó a Canadá un pasillo de 200 millas náuticas de largo por 10 de ancho de aguas de ZEE.  

De lo que sabemos, España aún no ha obtenido ninguna resolución de Naciones Unidas respecto a las aguas marítimas entre Marruecos y Canarias, por lo tanto, el archipiélago canario está en el limbo respecto a delimitaciones de mar de ZEE, entre ellos y nosotros. Se podría decir que después de las líneas de base que se trazan a marea escorada y desde donde se miden las aguas hacia mar adentro, desde esos puntos más sobresalientes de las costas entre cada isla y entre todas, solo poseemos aguas interiores y nada más hacia mar adentro. 

Por lo que he explicado se puede concluir que cuantos rescates haga el SIVE español fuera de las orillas de cada isla de Canarias son obras de caridad dignas de resaltar, pero que no están basadas en el derecho internacional, pero sí en el derecho humano. 

Marruecos por obligación de derecho internacional y por humanidad, debe cuidar de su gente, de sus costas y su mar; y cuando inmigrantes de una patera, zodiac o cayuco pidan socorro desde fuera de las Aguas contiguas de Canarias, el SIVE español debe comunicar y exigir a la Gendarmería del Mar del Reino alauita que salga a prestar socorro, y a quienes apresen los devuelvan a la costa africana, y a aquellos que aprese el SIVE, por la misma responsabilidad, también los regrese al sitio desde donde salieron. Si no se hace tal como propongo difícilmente se podrá atajar la invasión de inmigrantes ilegales de cuya tragedia se hacen ricos mafias y oenegés charlatanas. “Y tengan en cuenta que estoy dando derechos a Canarias de Aguas contiguas que aún no las posee porque no las ha ganado en Naciones Unidas”. Así que todo cuanto se está llevando a cabo en presente relacionado con el estrago humano de pateras, zodiacs y cayucos, es un disloque que políticos españoles todavía no han sabido solucionar porque prefieren cobrar sus sueldos a la bartola antes que mover el “ass”. 

PD: Solo en este año 2021, en unos 8 meses han arribado a Lanzarote, unas 51 pateras con más de 1.400 inmigrantes ilegales. A estos hay que añadir todos los que arribaron el año pasado a la misma isla, más los casi 45.000 que entraron en las restantes islas en los últimos 18 meses. Inmigración ilegal que nos está costando más de 2.000.000 de euros por día= a más de 60.000.000 de euros por mes. Y como siempre digo: Cuantía que daría para ayudar a unas 66.000 familias de nacionales y de inmigrantes legales, dándoles a cada una de tres o cuatro individuos, unos 900 euros por mes. 

De otra forma ese dinero que gastan en Canarias en la inmigración ilegal serviría para hacer unas 20 casas sociales por día a precio de unos 100.000 euros cada una, que también sería igual a construir unas 600 casas sociales por mes. 

Aún no paran el llamamiento, siguen hospedando a inmigrantes ilegales en hoteles y apartamentos con comida, vestimenta y paguitas. Esto es el colmo. Y los nuestros que han cotizado abandonados en las calles. Cada día llegan unas 5-6 pateras a Canarias con unos 200 inmigrantes ilegales, al mes igual 6.000 y al año 72.000. En aproximadamente 31 años serán más que toda la población habida en presente en las 8 islas. La invasión va hacia ese rumbo, a ser más que nosotros. Población de Canarias unos 2.300.000 habitantes. 

Vox es la única solución a los problemas que tiene España.

(1). Ver litigio entre Francia y Canadá:  

San Pedro y Miquelón - Wikipedia, la enciclopedia libre 

(2). PDF de la Ley del Mar Firmada por España y con sus alegaciones:  

https://publicaciones.defensa.gob.es/media/downloadable/files/links/m/a/manual_de_derecho_del_mar_vol_i.pdf 

(3). Ley del Mar firmada en Montego Bay:  

•n (Suppl.)• (un.org) 

(4). Manual de delimitaciones marítimas:  

Handbook on the delimitation of maritime boundary_Spa.pdf 

(5) Manual de Naciones Unidas sobre la delincuencia marítima: 

https://www.unodc.org/documents/ropan/2021/Delincuencia_maritima_-_Manual_para_profesionales_de_la_justicia_penal.pdf

(6). Ver otras opciones:  

Borrón y cuenta nueva. Amnistía regulada para la inmigración ilegal habida ... (globedia.com)