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La denuncia la presentó un miembro del Comité de Empresa del Ayuntamiento, que asegura que la FEMP tampoco recoge dicho Acuerdo "con ellos"

Denunciada la Alcaldesa de Arrecife en la Fiscalía, por firmar y adjudicar un contrato de 180.000 euros “sin Informes de Contratación, Tesorería ni Intervención” ni “acuerdo del Pleno”

laverdaddelanzarote.opennemas.com  |  26 de enero de 2017 (12:15 h.)
Contrato firmado por la Alcaldesa y la Secretaria 001

Un miembro del Comité de Empresa del Ayuntamiento de Arrecife ha presentado una denuncia en Fiscalía, contra la todavía Alcaldesa, Eva de Anta, por presuntamente firmar y adjudicar “un contrato de prestación de servicios, por importe de 180.000 euros y duración de tres años”, relativo a la gestión de las multas municipales, sin que el procedimiento administrativo para la firma del mismo “se haya gestionado por el departamento de contratación”. Más aún, “sin informes de contratación, tesorería o intervención”, y sin que haya constancia de esa licitación “en la Federación Española de Municipios”, ni “acuerdo municipal de adherirse al servicio centralizado de la FEMP para dicho servicio

Según se explica en la denuncia, “el pasado 24 de junio de 2016 se firma por la Alcaldesa de Arrecife, Doña Eva de Anta de Benito, contrato para la ‘prestación del servicio de asistencia y colaboración para la gestión, notificación, recaudación voluntaria y ejecutiva de las multas de tráfico’ con la empresa denominada Coordinadora de Gestión de Ingresos SA”. Dicho contrato, por importe de 180.000 euros más IGIC, es adjudicado (según recoge el apartado tercero de la exposición) por resolución del órgano competente bajo el Decreto IFT-06/201.

  • Se firmó un Contrato de Adjudicación, “al margen del Departamento de Contratación del Ayuntamiento y de la FEMP"

Dicho Decreto, según recoge la denuncia, “plasma la propuesta de resolución emitida por el Técnico instructor de Infracciones de Tráfico, y de la lectura del mismo se desprende que es ese mismo técnico, el que tras valorar la oferta, emite criterio favorable para la adjudicación del contrato a la empresa Coordinadora de Gestión de Ingresos SA”. Por lo que al denunciante le sorprende que “se hable en el Decreto de un ‘Acuerdo Marco de la Central de Contratación de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP)’, en concreto el acuerdo marco 33/2016”. Y sorprende porque “en la propia página web de la FEMP NO APARECE DICHO ACUERDO 33/2016”. Máxime cuando “el único acuerdo de adhesión que firmó el Ayuntamiento en su día, fue el acuerdo Plenario de 31 de octubre de 2014, para la adhesión a la Central de Contratación de la FEMP”, pero “EN NINGÚN CASO a un Acuerdo Marco de la Central de Contratación”.

Según lo expuesto, “se ha firmado un contrato de adjudicación de un servicio por importe de 180.000 euros, según resolución emitida por un técnico del departamento de multas, AL MARGEN DEL DEPARTAMENTO DE CONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE, y de la Central de Contratación de la Federación Española de Municipios y Provincias”.

  • No hay acuerdo de la Junta de Gobierno, ni del Pleno ni de la Alcaldía

Otro de los fundamentos denunciados es que “el contrato se adjudica por una duración de 36 meses cuando al parecer los contratos de prestación de servicio no pueden superar los dos años”. Agravando la situación el hecho de que “NO EXISTA acuerdo de la Junta de Gobierno o del Pleno o de la Alcaldía para adherirse a ese Servicio, que por otra parte tampoco aparece en la página web de la FEM como licitado, ni pendiente de licitación”.

También se denuncia que no “se menciona consulta o informe de Tesorería, que es el órgano del ayuntamiento que se encargaba de prestar ese servicio, y por tanto debiera más que nunca opinar sobre la adjudicación”. Tampoco se habla de “Informe de Intervención pese a comprometer 180.000 euros del presupuesto municipal”.

  • “Pusieron a trabajar en el Departamento de Multas a una persona ajena al Ayuntamiento”

Añade la denuncia que a la firma del contrato “se están produciendo problemas a la hora de la prestación de los servicios, porque el Ayuntamiento no puede relacionarse correctamente con la empresa externa para suministrarle información, o para gestionar los cobros de las multas”. El denunciante asegura que tuvo conocimiento de los hechos porque la empresa en cuestión “puso a una persona a trabajar en el departamento de multas, lo cual no es viable porque en las dependencias municipales no pueden prestar servicios personas ajenas a la corporación”.

Contrato por la gestión de las multas 001