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TODAS LAS VIVIENDAS Y LOCALES COMPRENDIDOS DENTRO DE LOS 100 METROS DE DESLINDE, ESTáN CONDENADOS A SER DERRIBADOS

El Tribunal Supremo condena a muerte al pueblo de El Golfo

laverdaddelanzarote.com  |  06 de junio de 2013 (10:35 h.)
El Golfo

El Tribunal Supremo ha declarado "firme" la sentencia dictada en 2009 por la Audiencia Nacional, que confirmaba que la localidad de El Golfo (Yaiza) "no estaba consolidada como núcleo urbano antes de la aprobación de la Ley de Costas". Con lo cual queda aprobada la Orden Ministerial del 19 de julio de 2006, solicitando "el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa comprendido entre la parte norte de El Charco de los Clicos y el final del núcleo urbano de El Golfo". Es decir, que todas las viviendas que se encuentren dentro de la zona de servidumbre de los 100 metros, estarían condenadas a muerte...

La sentencia se dio a conocer el pasado 22 de mayo, advirtiendo que "ya no cabe recurso ordinario". Con lo cual son rechazados los recursos presentados por el propio Ayuntamiento de Yaiza, que a su vez ha sido condenado a pagar las costas. Para el Supremo ha sido fundamental en su decisión, un Informe elaborado en 2005 por el Jefe de Servicio de la COTMAC, en el que se deja bien claro que "a la entrada en vigor de la Ley de Costas, no se contaba en dicha zona con suministro de energía eléctrica ni abastecimiento de aguas, ni red de evacuación".

Ya en octubre de 2012, el Tribunal Supremo rechazó otro recurso presentado por 38 vecinos de El Golfo. Con lo cual, todo apunta a que todas las viviendas y locales que se hallen dentro de los 100 metros de zona de servidumbre, están condenados a ser demolidos.